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viernes, 8 de julio de 2011

Aprendii

Ley General de Residuos Sólidos
La presente Ley establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestión y manejo de los residuos solidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana.
La Ley 27314 se aplica a las actividades, procesos y operaciones de la gestión y manejo de residuos sólidos, desde la generación hasta su disposicion final, incluyendo las distintas fuentes de generación de dichos residuos, en los sectores económicos, sociales y de la población. Asimismo, comprende las actividades de internamiento y tránsito por el territorio nacional de residuos sólidos.
Residuos Sólidos: Se considera residuos sólidos a aquellas sustancias, productos o subproductos en estado sólido o semisólido de los que su generador dispone, o esta obligado a disponer, a través de un sistema que incluya procesos tales como: minimización de residuos, segregación en la fuente, transporte, transferencia y disposición final, entre otros, siguiendo los lineamientos establecidos en la normatividad nacional y tomando en cuenta los riesgos que causan a la salud y el ambiente.

Ley general del Ambiente

Veinte años le ha tomado al Perú dotarse de un marco jurídico ambiental moderno y viable.Es la historia del Código del Ambiente y los Recursos Naturales (Decreto Legislativo 613 del año 1990) y la recientemente promulgada Ley General del Ambiente (Ley 28611, del 16/10/2005).

Pese a que el Código empezó a trabajarse a mediados de los ochenta, el año 1990, el empresariado y la sociedad nacional casi se enteraron de su promulgación por los medios de comunicación, y el gran debate político ocurrió a lo largo de los meses siguientes sin un marco institucional de diálogo, con poco conocimiento de la opinión pública y deviniendo finalmente en la treintena de modificaciones que limitaron la autoridad y eficacia del nuevo instrumento jurídico.

Gestion ambiental en la Empresa

El concepto de ambiente implica directa e intimamente al hombre,ya que se concibe, como aquello que rodea al hombre en el ambito espacial, y que interactúa con este en forma permanente e inseparable.Debe entenderse que la actividad humana modifica siempre el ambiente.Y de manera creciente y sostenida.Toda vez que se desarrolla la actividad humana, cualquiera que ella sea, hay impacto en el ambiente, lo cual no implica un disvalor, en todo caso, debe atenderse a que ese impacto sea controlado, minimizado ocompensado, de manera tal que se tienda al concepto de desarrollo sostenible.
La industria y la agricultura, principales artífices en nuestro desarrollo, se han visto constantemente en el ojo del huracán, como si fueran las únicas responsables del ritmo actual de deterioro ambiental. No es una cuestión de culpabilidades, son sólo una más de las actividades que causan un grave impacto sobre el medio ambiente. Lo que si es cierto es que actualmente existen tecnologías que aplicadas a la industria y a la agricultura, posibilitan la minimización de esos impactos y su desarrollo futuro está vinculado directamente a integrar la componente ambiental en todas su decisiones. La industria puede provocar su segunda revolución si se convierte en el motor de este cambio estratégico.

 Etiquetado Ambiental
Tradicionalmente, el comportamiento ambiental no ha sido una de los valores demandados por parte de los consumidores a la hora de ejercitar la opción de compra sobre un determinado producto. Estos eran aspectos que quedaban limitados al cumplimiento legal de las diferentes normativas existentes. Sin embargo, en los últimos años, la cada vez mayor sensibilización de los consumidores así como la constatación de los efectos ambientales que el ser humano está ejerciendo sobre el planeta, está propiciando la aparición de un nuevo consumidor cada vez más sensible con esta problemática, un consumidor que empieza a demandar información sobre el comportamiento ambiental de los productos que consume.

Para ello, en los últimos años se han desarrollado diferentes mecanismos de información del comportamiento ambiental de los productos. Estos sistemas, tradicionalmente (aunque no sólo) representados en torno a símbolos o etiquetas voluntarias que incorporan algunos productos, se han venido a unir a otros símbolos que si bien también tiene un origen medioambiental, no aportan mejora sino que son fruto de marcados legales obligatorios. Todo ello, está generando gran confusión no sólo entre los consumidores sino entre las propias empresas.


domingo, 5 de junio de 2011

"Diseño Sostenible"








"Dia del Medio Ambiente"



Desde 1973, los 5 de junio de cada año se celebra el Día Mundial del Ambiente que fue establecido por la Asamblea General de Naciones Unidas, en su Resolución 2994 (XXVII) del 15 de diciembre de 1972 con la que se dio inicio a la Conferencia de Estocolmo, Suecia, cuyo tema central fue el Ambiente.


Ese mismo día, la Asamblea General de la ONU aprobó la creación del Programa de las Naciones Unidas para el Ambiente (PNUMA).

Se podría decir que el Día Mundial del Ambiente es un vehículo por medio del cual la Organización de Naciones Unidas sensibiliza a la opinión mundial en relación a temas ambientales, intensificando la atención y la acción política y cuyos objetivos principales son darle un contexto humano, motivando a las personas para que se conviertan en agentes activos del desarrollo sustentable y equitativo; promover el papel fundamental de las comunidades en el cambio de actitud hacia temas ambientales, y fomentar la cooperación, pues ésta garantizará que todas las naciones y personas disfruten de un futuro más próspero y seguro. El Día Mundial del Ambiente es un evento en el que se realizan múltiples actividades: concentraciones en calles, conciertos ecológicos, ensayos y competencias de afiches en escuelas y colegios, plantaciones de árboles, campañas de reciclaje y de limpieza, entre otras.


miércoles, 1 de junio de 2011

"Dia del Reciclaje"



Este 1° de junio más de 100 mil recicladores a nivel nacional celebrarán  el “Día Nacional del Reciclador”  de acuerdo a lo dispuesto en la  Ley  29419, ley que regula la actividad de los recicladores.

En ese sentido el Ministerio del Ambiente saluda a todos los  trabajadores  y trabajadoras que a nivel nacional  se dedican a las actividades de segregación y reciclaje de residuos sólidos.

Asimismo, resaltamos la importancia ambiental de la labor que desarrollan los recicladores al recuperar los residuos para su adecuado reaprovechamiento, permitiendo de esta manera reducciones importantes en la utilización de recursos naturales no renovables, agua y energía.




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